Cómo comunicar un divorcio a hacienda

Sumario:

Ante un divorcio, lo último que se desea pensar es en los impuestos, pero finalmente un matrimonio cuenta con implicaciones fiscales en el IRPF.

En tal sentido, es importante interesarse en cómo comunicar un divorcio a hacienda, conocer el tratamiento fiscal que presenta el IRPF con respecto a las pensiones por alimentos y compensatorias, pero además de las implicaciones de dicho divorcio para la hipoteca y la vivienda, en caso de que se tengan.

Lo inicial y obvio es que ya no existirá la posibilidad de realizar la declaración en conjunto, que está limitada a matrimonios y lo que fiscalmente se conoce como unidades familiares, son los que deben cumplir con los siguientes preceptos:

En caso de matrimonio

La integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiere, los hijos menores, con excepción de los que vivan independientemente de los padres con el consentimiento de éstos.

En defecto de matrimonio o en los casos de separación legal. La formada por el padre o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otra y reúnan los requisitos señalados para la modalidad anterior.

¿Cómo tributa el divorcio en el IRPF?

Es conveniente tener en cuenta que el IRPF toma los datos personales a 31 de diciembre, y le aplica dicha situación personal a todo el año.

Es decir, que no es posible elaborar la mitad de la renta como conjunta y la otra mitad como individual si se ha estado casado hasta el 1 de junio.

Así mismo, si se han separado un 28 de diciembre, se estará divorciado a efectos fiscales y su situación a efectos de la renta será de divorciado.

Inclusión de los hijos

Esta puede resultar una de las dudas que se presenta con mayor frecuencia en el caso de matrimonios separados con hijos y a respuesta a priori es clara:

La opción de tributación conjunta corresponderá al padre o la madre que tenga la guarda y custodia de los hijos a 31 de diciembre por ser quien convive con ellos, independientemente del régimen de visitas que se haya pactado.

En el caso de que la custodia sea compartida, cualquiera de los dos padres puede incluir a los niños en la declaración de IRPF y serán ellos los que se tienen que poner de acuerdo en relación a quien ejerce dicho derecho, aunque es importante señalar que una misma persona sólo puede formar parte de una unidad familiar.

Sin tomar en consideración la finalidad de la declaración conjunta y de quien se quedará con los hijos a efectos de IRPF, también es importante aclarar ciertos términos y diferenciar la pensión por alimentos de la pensión compensatoria.

En el caso de la primera y siendo la gran consecuencia del divorcio probablemente uno de los cónyuges se encontrara en la obligación de indemnizar al otro mediante una pensión con la que pueda mantener su anterior nivel de vida (cosa que no siempre sucede), para el mantenimiento de los hijos, de haberlo, (es obligatorio). Estas son pensiones diferentes y se debe aprender a diferenciarlas.

Comentarios cerrados.